Funeraria del Magisterio

Servir es nuestro afán, por eso ofrecemos asistencia integral, a precios competitivos, 24 horas al día, todo el año…

Trámites legales relacionados con funeraria

¿Cómo se obtiene un certificado médico?

Certificado: documento que emite el médico, en el que se certifican las causas del fallecimiento.

  • Si la persona fallece en la casa de habitación, es el médico de cabecera quien extenderá el certificado.
  • Si fallece en un hospital, esta misma institución lo emite.

¿Cómo se obtiene el acta de defunción?

Acta: documento en el que se consigna la información relacionada con la defunción, para su inscripción ante el Registro Civil

  • Si el fallecido se encontraba hospitalizado, la misma autoridad médica la emite.
  • Si la persona fallece en la casa de habitación, la Funeraria del Magisterio se encarga de realizar el acta de defunción, siempre y cuando los familiares tengan en su poder el certificado médico.

Permiso municipal y del cementerio

  • Estos trámites se realizan en la oficina de cada cementerio. La familia se hace cargo de esta gestión. Verifica las medidas del nicho, con el fin de asegurar que el cofre escogido alcance dentro de él.

Gestión religiosa

  • Dependiendo de la denominación religiosa de la familia, así será el trámite, por eso le ofrecemos el enlace con varias iglesias, para que encuentre los detalles de su interés.

Permiso de traslado.

  • El traslado del cuerpo, una vez que se ha contratado nuestro servicio corre por nuestra cuenta, y la Funeraria del Magisterio será la encargada de todos los detalles, sea dentro o fuera del país.

Cobro de subsidios

  • La Funeraria del Magisterio le entregará la documentación requerida para el cobro de los subsidios.
  • Los documentos se entregarán a la persona que realice la contratación con la funeraria o bien, a una tercera persona, debidamente autorizada y con una copia de su cédula de identidad.

Cobro de extremos laborales

Cuando el fallecido es un trabajador activo, lleve copia del acta de defunción al centro de trabajo y consulte las acciones a seguir, en relación con las obligaciones del patrono --si el fallecido estaba trabajando--, el trámite de la pensión por sucesión.

OTRAS ACCIONES

Consulte con su abogado sobre los trámites para iniciar el reclamo de herencia y el derecho de sucesión cuando lo hubiera.

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